En virtud de las precedentes consideraciones, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la medida cautelar de amparo constitucional solicitada por la recurrente y, en consecuencia:
i) Se SUSPENDEN LOS EFECTOS del Acta de Cobro S/N dictada en fecha 17 de mayo de 2019, por la Superintendencia Municipal de Administración Tributaria del Municipio Zamora, notificada en fecha 21 de mayo de 2019, mediante la cual le notifica que tiene un plazo de veinticuatro (24) horas, para el pago de la cantidad de DIECISIETE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y TRES MIL SETENTA BOLÍVARES CON CUARENTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs. 17.543.070,45).