DECISIÓN
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: INADMISIBLE la solicitud de SEPARACION DE CUERPOS presentada por el abogado DENIS FRANCISCO PEREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°124.267, quien actúa en su carácter de apoderado Judicial del ciudadano KENNETH JESUS MARQUEZ, titular de la cédula de identidad número V-12.419.588, contra su cónyuge la ciudadana RAIZA COROMOTO PEREZ VILA, titular de la cedula de identidad número V-7.445.159.