Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Vigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos MIREYA JOSEFINA REYES DE VEGAS y ANGEL ENRIQUE VEGAS ARROYO, venezolanos, mayores de edad y titulares de la Cédula de identidad Nos. V-2.767.507 y V-3.300.264, respectivamente, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha 21 de marzo de 1991 ante el Concejo Municipal del Municipio Sucre del Estado Bolivariano de Miranda, según se desprende del acta de matrimonio acta Nº 17, correspondiente al año 1991, la cual corre inserta a los folios 4 al 7 del presente expediente.