Por todas las consideraciones que han quedado expuestas, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara Homologada la presente transacción, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio que, por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, que intentaron los Dres. VERONICA BALLESTAS SULI y JAVIER GOMEZ GONZALEZ, abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 57.054 y 51.510, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales del HOSPITAL PEDIATRICO SAN JUAN DE DIOS contra INVERSIONES 90342, C.A., ambas partes suficientemente identificadas en el texto del presente fallo.
Por la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas.
Publíquese, y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judi.....