Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. La parte demandada consigna tres (3) copias simples de los cheques anteriormente identificados. Con este acuerdo se hace cumplimiento íntegramente de la Sentencia de fecha 27 de Abril de 2009 dictada por el Juzgado Noveno Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
El Juez
La Secretaria
Abog. Eduardo Nuñez
Adriana Bigott
APODERADO DE LA PARTE ACTORA
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA
EL PRESENTE