Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA LA NULIDAD ABSOLUTA, de la Audiencia Preliminar, realizada en fecha 18 de mayo de 2015, de conformidad con lo previsto en los artículos 157, 174, 175 y 179 del Código Orgánico Procesal Penal, por aplicación expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: ORDENA la remisión de la presente causa a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este mismo Circuito Judicial Penal, con el objeto sea distribuido a otro Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control de esta misma Sección y Circuito Judicial Penal, distinto al Sexto (6º) de Primera Instancias en Funciones de Control, de conformidad con lo previsto .....