III
DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por virtud de la autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMODATO han incoado los ciudadanos VALENTÍN SAINZ COSTA y ANGEL SAINZ COSTA en contra de la ciudadana MARÍA JOSEFINA MENESES, todos identificados en la parte inicial del presente fallo.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte actora por haber resultado totalmente vencida en el proceso.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE