Se dicta la presente Resolución mediante la cual se declaró GABRIELA EUGENIA TERIUS PADRON y ALIRIO JOSE BURGOS PEÑA, mayores de edad, venezolanos y titulares de las cédulas de identidad N° V-11.740.261 y V-14.539.818, respectivamente. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal existente entre los prenombrados ciudadanos, contraído ante El Registro Civil del Municipio del Hatillo del Estado Miranda, en fecha 28 de mayo de 2005, según acta expedida por el citado despacho bajo el N° 161; asimismo, se HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes las INSTITUCIONES FAMILIARES, a favor del niño SE OMITEN DATOS.