Se habilita el tiempo necesario a los fines de proveer sobre la presente solicitud/Se Homologó la Solicitud de Autorización Judicial para Viajar dentro del Territorio Nacional, presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D) en fecha 10/12/2013, por los ciudadanos, CARLOS ALBERTO ARANGUREN y MIRYAM CAROLINA CHACON DE ARANGUREN, de nacionalidad venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad No. V.- 12.817.968 y V.-12.490.879, respectivamente, a favor de su hija, la niña, (Se omite el nombre de los Niños Niñas y Adolescentes, de conformidad con lo establecido en el Artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes) , de nueve (09) años de edad.