Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de nulidad interpuesta por LABORATORIOS LETI, S.A.V., contra el acto administrativo contenido en la Certificación Nº 0531-12, de fecha 20 de agosto de 2012, emanada del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (Inpsasel), a través de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores de Miranda "Delegado de Prevención Jesús Bravo", notificada el 11 de octubre de 2013 mediante oficio Nº DM 1713-2012 de fecha 1º de octubre de 2012 en la cual se certifica que el ciudadano ALBERTO JOSÈ ACOSTA BLANCO, presenta " patología agravada por las condiciones de trabajo y que le condiciona una supuesta "Discapacidad Parcial y Permanente" para el trabajo habitual......