Se dictó Sentencia Interlocutoria, mediante la cual se declaró: INCOMPETENTE para conocer de la pretensión de Cobro de Bolívares por Daños y Perjuicios derivados de Accidente de Tránsito, intentado por la ciudadana RITA ALEJANDRA ROMERO BOSCAN contra C.A. METRO DE CARACAS. En consecuencia, declina su conocimiento en un Juzgado Superior Estadal de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por lo que se ordena la remisión del expediente en su forma original al Juzgado Superior Distribuidor correspondiente, una vez vencido el lapso de impugnación.
Publíquese, regístrese, diarícese, déjese copia, expídase copia certificada, de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.