Atendiendo a todo lo expuesto por éste Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos HEYDI DESIREE ARMAS MENDOZA y JESUS EDUARDO REBOLLEDO MOSQUERA, quienes son de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-13.749.103 y V-14.690.012, respectivamente; en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído por ante el Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas,, en fecha 05 de mayo de 2006, según se evidencia de Acta de Matrimonio Nro. 43, del Libro de Registros Civil de Matrimonios llevados por dicho Autoridad Civil.- Así se decide.