Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Trigésimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
LA FALTA DE JURISDICCION de los Tribunales Laborales respecto a la Administración Pública, para conocer de la acción de calificación de despido intentada por la ciudadana TATIANA PAOLA NAVARRO MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.870.884, en contra de BODY PARADISE, SPA, por corresponder su conocimiento a la Inspectoría del Trabajo de Caracas. Así mismo, se ordena la remisión del presente asunto a la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de su consulta obligatoria.