Por las razones antes expuestas, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley:
PRIMERO: ADMITE EL RECURSO DE APELACIÓN PROPUESTO por abogada BRIGITTE DI NATALE, en su carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil VIEMA INGENIERIA C.A. y de los ciudadanos JUAN CARLOS MAGUAL MANDE, RICARDO MANUEL EGEA ALFONZO, OSWALDO ENRIQUE ANZOLA PEREZ y JORGE ANTONIO VILACHA CHAUCA, y lo oye en un solo efecto y ordena remitir las copias certificadas que señalen las partes y las que tenga a bien señalar el Tribunal al Juzgado Superior Primero Agrario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: Por cuanto el presente fallo es proferido dentro de la oportunidad establecida por la ley, se hace innecesaria la notificación de las partes.