este Juzgado Trigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la ACCIÓN MERO DECLARATIVA, intentada por la ciudadana SIMONETTA MONICA ZINATO HELOU.
SEGUNDO: Se declara que la ciudadana SIMONETTA MONICA ZINATO HELOU, es propietaria de un inmueble consistente en una parcela de terreno distinguida con el Nº 359-B, y el inmueble sobre ella construido ubicada en la Urbanización "La Lagunita Country Club", jurisdicción del Municipio El Hatillo del Estado Miranda, el cual tiene una superficie de DOS MIL CIENTO TRES METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS (2.103.75 mts2); y está alinderado de la siguiente manera: NOROESTE: En una longitud de TREINTA Y CUATRO METROS (34 mts), con Avenida Sur; NORESTE: En línea recta de CINCUENTA Y CINCO METROS (55 MTS) con la Parcela Nº 36.....