PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 01 de Noviembre de 2005, por el abogado DANIEL MAES APONTE, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 25 de Octubre de 2005. SEGUNDO: DESISTIDA la apelación interpuesta en fechas 28 de Octubre de 2005, por el abogado AGUSTIN GOMEZ MARIN, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 25 de Octubre de 2005. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por cobro de prestaciones sociales interpuso la ciudadana DENISE DINI DAYAN contra RIGUETTI INTERNACIONAL, S. A., ambas partes identificadas. CUARTO: Se condena a.....