este Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por DESALOJO incoada por la ciudadana DEISY AQUINO DE LABARCA contra la ciudadana ROSA DE HERNANDEZ, ambas identificadas ab initio del presente fallo, en consecuencia, se condena a la parte demandada al desalojo del inmueble dado en arrendamiento, identificado con el No. 36, P.B., situado en la Calle Vuelta La Cruz, Callejón La Cruz, de la Urbanización Los Frailes de Catia, Parroquia Sucre, Caracas. Igualmente se le condena al pago de los servicios públicos totalmente solventes es decir, luz eléctrica, aseo urbano domiciliario, gas y teléfono, entre otros, conforme a lo previsto en la cláusula sexta del contrato de arrendamiento, hasta la definitiva entrega del inmueble arrendado.
SEG.....