En virtud de los razonamientos anteriormente expuesto, este Juzgado Octavo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO de apelación interpuesto por la parte REPRESENTACIONES LUPO 67,C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, de fecha 02 de marzo de 2004 bajo el N° 69, Tomo 27-A-PRO.- SEGUNDO: Se revoca la sentencia apelada. TERCERO: Se admite el recurso de nulidad interpuesto por la abogada Tibisay Muñoz representante de la sociedad mercantil REPRESENTACIONES LUPO 67,C.A., en contra de la Providencia Administrativa N° 6-12 de fecha 27/01/2012, correspondiente al Exp. N° 023-2.011-01-0789, dictada por la Inspectoría del Trabajo en el Norte del Área Metropolitana de Caracas. CUARTO: se ordena la remisión del presente expediente al.....