Se dictó auto mediante el cual se acordó agregar a los autos el escrito de pruebas presentado en fecha 14 de enero de 2015, por por los ciudadanos CARLOS LEPERVANCHE MICHELENA, ROBERTO YEPES SOTO y YESENIA PIÑANGO MOSQUERA, quienes actúan con el carácter de apoderados judiciales de la parte demandada, la sociedad mercantil BANCO MERANTIL C.A., BANCO UNIVERSAL el cual fue promovido y presentado extemporáneo por tardío, toda vez que el lapso de promoción de pruebas precluyó el día 20 de octubre de 2014, tal como se evidencia del cómputo que antecede.