DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD interpuesto por el ciudadano JEAN ALBERTO LEÓN ALCALÁ contra la Providencia Administrativa Nº 00053-14 cursante en el Expediente N° 023-2013-01-01248, emanado de la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL DISTRITO CAPITAL sede Norte Municipio Libertador que declaró con lugar la solicitud de calificación de faltas y autorización para despedir al ciudadano Jean Alberto León Alcalá, por estar dentro del supuesto de hecho y derecho de los literales "f" e "i" del artículo 79 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras.