En consecuencia, examinada la descrita transacción, se procede de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 258, a impartir su HOMOLOGACION, al escrito transaccional y se expida dos (2) copias certificadas de la presente Transacción y del auto de homologación que al efecto recaiga, para su entrega a EL DEMANDANTE y a LA DEMANDADA, respectivamente".
DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZ
CARMEN BEATRIZ SEGURA APODERADO DE LA PARTE ACTORA
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA
SECRETARIA
ABG. Joanna Capuano
El Trabajador