PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN, ejercido por la representación judicial de la parte actora el abogado ROBERTO SALAZAR, contra la sentencia de fecha 19 de noviembre de 2024, dictada por el Juzgado Décimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES (VÍA EJECUTIVA) sigue el ciudadano EZEQUIEL BRACHO CAMPOS, contra la sociedad mercantil ZAISTOL CONSTRUCCIÓN, C.A., plenamente identificados en el encabezado del presente fallo.
SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia de fecha 19 de noviembre de 2024, en la cual el Juzgado Décimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Área Metropolitana de Caracas declaró la inadmisibilidad de la demanda.
TERCERO: LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado de que el tribunal a quo, se pronuncie sobre la admisión de las pruebas presentadas por las partes involucradas en el proceso y continúe con el curso de la demanda.
CUARTO: No hay condenator.....