DECISIÓN.
Por los razonamientos anteriormente expuesto, este JUZGADO DUODECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decreta EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, por cuanto el hecho objeto del proceso no puede atribuírsele al ciudadano CARLOS MARTINEZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal.