DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, y por mandato expreso del artículo 479, ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, declara la extinción por prescripción de la pena que les faltaba por cumplir al ciudadano QUEREISIS JHOAN VALERA MIJAREZ, identificado en la primera parte de esta decisión, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículo 112 del Código Penal a la fecha de la comisión del delito en relación con lo dispuesto en el artículo 24 Constitucional.
Publíquese, regístrese, notifíquese a las partes. Cúmplase.
EL JUEZ,
Dr. OSWALDO IDROGO.
EL SECRETARIO
ABG. RUBÉN MORALES
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
EL SECRETARIO
ABG. RUBEN MORALES
Causa N° 383-.....