Con fundamento en las razones antes expuestas este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción que por COBRO DE BOLÍVARES (VÍA ORDINARIA) incoara el BANCO EXTERIOR C.A. BANCO UNIVERSAL, contra la sociedad mercantil INVERSIONES DANOMAR, S.A., en su carácter de deudora principal, debidamente identificado al inicio de este fallo.
SEGUNDO: Se condena al demandado a pagar a BANCO EXTERIOR C.A. BANCO UNIVERSAL las siguientes cantidades dinerarias:
a) DOSCIENTOS DIEZ MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO BOLIVARES CON 27/100 (Bs.210.434,27), por concepto de capital adeudado.
b) TRECE MIL SESENTA Y CUATRO BOLIVARES CON 87/100 (Bs.13.064,87) por concepto de intereses convencionales y moratorios desde el 04-02-2011 hasta el 09-08-2011.
c) Los intereses que se sigan venciendo de.....