Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Décimo Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO incoara la Asociación Civil SOCIEDAD ÉTICO CULTURAL en contra del ciudadano EDWIN ALVAREZ NAVIA, ambas partes plenamente identificadas en el presente fallo y en consecuencia: PRIMERO: Se declara resuelto el contrato de arrendamiento suscrito entre las partes en fecha 18 de mayo de 2006 y el cual tuviere por objeto "una porción de terreno de su propiedad ubicado en Calle El Carmen, Urbanización Los Dos Caminos, Municipio Sucre, Estado Miranda, con un área de doscientos cuarenta y ocho metros cuadrados (248 m2), ubicado dentro de los siguientes linderos: NORTE: En veinte metros con cuatro decímetros cuadrados, con terrenos que son o fueron de los Señores Febres Cordero, Acelda, González y.....