Ahora bien, este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, así mismo, una vez revisado el Registro Mercantil de la parte demandada, en los cuales se acredita sus facultades para transigir, del ciudadano FABIO MAXIMO MARCO VINICIO JUVARRA CALCINA, en su carácter de Presidente, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso. Así mismo, comprobando por este Juzgador, que el referido acuerdo transaccional cumple con los requisitos exigidos en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y Las Trabajadoras., al no vulnerar derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, le imparte su HOMOLOGACIÓN en cada uno de los términos expuestos, ya que cumple con los requisitos exigidos para su validez y eficacia, dándole efectos de cosa juzgada. En consecuencia una vez vencido el lapso de cinco (05) días para recurrir la presente decisión, este Juzgador, dará por terminado el .....