declara CON LUGAR la solicitud de divorcio incoada por los ciudadanos SONNY MANUEL RODRIGUEZ GONZALEZ y ZULAY MARIA DIAZ MOZO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-8.485.967 y V-6.292.537, respectivamente, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que unía a los citados ciudadanos, contraído en fecha 4 de junio de 1986, ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Baruta, Distrito Sucre del Estado Miranda.
Regístrese, publíquese y Déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en la Ciudad de Caracas, a los once (11) días del mes de Junio de dos mil dieciocho (2018). Años: 208° de la Independencia y 159° de la Federación.
LA JUEZA,
Dra. JENNY MERCEDES GONZALEZ FRANQUIS
LA SECRETARIA.
Abg. IVONNE M. CONTRERAS R.
En esta misma fech.....