En consideración a todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando como Tribunal de Alzada, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 05 de agosto de 2011 (F.39, pieza 1), por la abogada Olimar Méndez Muñoz, co-apoderada de la parte actora, contra el auto dictado en fecha 28 de julio de 2011, por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, SE ORDENA al Tribunal de la Primera Instancia, antes citado, dictar nuevo auto de admisión complementario (Decreto intimatorio) en el que se incluya, a fin que forme parte integrante conjuntamente con los ya indicados en el decreto de intimación del 28/07/2011, F.35-.....