En este mismo sentido, es necesario acotar que los actos administrativos dictados por las Inspectorías del Trabajo, tiene como finalidad dirimir las controversias entre particulares que integran una relación laboral, es decir patrono trabajador, como ocurre en el caso bajo examine, donde se resuelva una solicitud de reenganche y pago de salarios caídos, ubicándose las decisiones de las Inspectorías del Trabajo, es decir, los actos administrativos que provienen de los mismos como sustancialmente jurisdiccionales, por lo que el juez que conozca del control de dichos actos administrativos, además de conocer en relación a la nulidad de los mismos por razones de inconstitucionalidad o ilegalidad, se deben pronunciar o emitir decisión sobre el fondo de la controversia planteada en su comienzo en sede administrativa, por lo que sin lugar a dudas el único juez de Primera Instancia en materia laboral que tiene competencia para emitir decisiones de fondo, a los fines de resolver una controversia.....