Por las razones antes expuestas, éste Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos y Bienes existente entre los ciudadanos GABRIEL JOSE RODRIGUEZ ROJAS y HAIDERBER PATRICIA DE ABREU, titulares de las cédulas de identidad números V- 18.589.488 y V- 18.111.021, respectivamente, y consecuencialmente disuelto el vínculo matrimonial contraído por ellos por ante el Registrador Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 04 de junio de 2013, según se evidencia del Acta de Matrimonio Nº 62, de los Libros de Registro de Matrimonios respectivos. Liquídese la comunidad de gananciales en los mismos términos y condiciones expuestos por los cónyuges.