PRIMERO : INADMISIBLE la acción de amparo interpuesta por la empresa BAR Y RESTAURANT GUERNICA, S.R.L. contra el auto dictado el 06 de agosto de 2015 por el Tribunal Cuadragésimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área. SEGUNDO: SIN LUGAR La solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos, propuesta por BAR Y RESTAURANT GUERNICA, S.R.L., a través de su apoderado judicial.