V.- DIPOSITIVA.-
Por los razonamientos de hecho y de derecho que se dejan expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta el 17.07.2006, (f.79), por el abogado Oscar Addas Montero, apoderado judicial de la parte demandante, compañía TELECOMUNICACIONES J.3.G., C.A., contra el auto de fecha 21.06.2006 por ante el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual declaró inadmisible la demanda por cobro de bolívares -vía intimación- intentada por la demandante-apelante contra la sociedad mercantil SUPERCABLE ALK INTERNACIONAL, S.A
SEGUNDO: SE ANULA el auto apelado del 21.07.2006 proferido por el mencionado Juzgado Tercero......