Por las razones que anteceden, esta Corte de Apelaciones de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas con Competencia en Reenvío en lo Penal, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR, la apelación interpuesta por la Abogada DORA JOSEFINA MAGARIÑOS Defensora Privada en representación del imputado JEHUDI JACKSON SUAREZ GIL, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.526.550, contra la decisión dictada en fecha 20 de agosto de 2011, por el Juzgado Sexto de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la Jueza ETEL POLO GARCIA, mediante la cual le impuso al referido imputado la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al imputado JEHUDI JACKSON SUAREZ GIL, por la presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL A AD.....