este Juzgado Cuadragésimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, (conociendo en fase de Sustanciación) administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, HOMOLOGA la transacción presentada en la demanda que por cobro de prestaciones sociales que incoare el ciudadano ROQUE EDUARDO GONZALEZ VARGAS contra la empresa MATERIALES MC 2006, C.A.., ambas partes identificadas en autos, dándole efectos de cosa juzgada, en los términos expuestos por ellas. Asimismo, se acuerdan las copias certificadas de la transacción y del presente decisión de conformidad con lo solicitado y de lo previsto en el artículo 21, numeral tercero de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Finalmente se deja constancia que se dará por terminado el presente asunto una vez vencido el lapso de cinco (05) días hábiles siguientes a la p.....