Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio, y por las razones que han sido expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO POR DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN, correspondiente al Recurso Contencioso Tributario interpuesto por el Abogado Manuel R. Angarita S, venezolano, titular de la Cedula de Identidad Nros 2.983.544, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 3.114, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES SOROGOR C.A., inscrita por ante Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, bajo el Nº 10, Tomo 20-A, de fecha 02-05-2005, domiciliada en la Calle Santa Rosalía, Quinta Río de Oro Nº 34 Municipio el Hatillo del Estado Miranda, con Nº de RIF. J-30715644-9, contra la Resolució.....