Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta en fecha 12 de julio de 2016 por la abogado VERÓNICA OBANDO, en su carácter de apoderada judicial de la demandante en nulidad, contra la sentencia dictada el 27 de junio de 2016, por el Juzgado Décimo Segundo (12º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, oída en ambos efectos el 9 de agosto de 2016, mediante la cual se declaró SIN LUGAR la demanda de nulidad ejercida por la ciudadana MARÍA VIRGINIA VIVENES DE LEÓN contra la Providencia Administrativa N° 0189-15 dictada el 21 de abril de 2015 por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO MIRANDA ESTE, contenida en el Expediente Nº 02.....