DISPOSITIVA
En razón de las consideraciones anteriores y habiéndose constatado que el sancionado de autos ha dado cumplimiento cabal a las obligaciones a que estuvo sujeto y verificado el respectivo cómputo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículo 645, 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, RESUELVE: Decretar la Cesación de la Medida de Imposición de Reglas de Conducta, que por el lapso de un (01) año, cumplió de manera efectiva el joven SE OMITE IDENTIDAD , venezolano, titular de la Cédula de identidad N° V- SE OMITE IDENTIDAD nacido en Caracas, hijo de SE OMITE IDENTIDAD. Así mismo, Acordar: su Libertad Plena. ASÍ SE DECIDE. Dictada en la sala de audiencias en Caracas a l.....