Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio, y por las razones que han sido expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente CANALES GOLF CLUB, A.C., inscrita ante la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Páez del Estado Miranda, bajo el Nº 2, folios 11 al 17, Protocolo 1°, Tomo adicional en fecha 15 de agosto de 1970, contra las Resoluciones Nros. 9303, veintiún (21) en total, todas emanadas de la División de Fiscalización de la Gerencia Regional de Tributos Internos Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) en fecha 16 de abril de 2007 y contra las Planillas de Liquidación Nros. 01101226015599; 01101226015600; 01101226.....