este Juzgado Vigésimo Séptimo (27°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de sustanciación, verificadas como han sido las facultades de la representación judicial de la parte demandada, las cuales se desprenden de copia de instrumento poder autenticado consignado a los folios 68 al 70 de autos y en autorización especial autenticada a la mencionada profesional del derecho que riela al folio 84 y 85 del expediente, y por cuanto la referida transacción no vulnera los derechos de la extrabajadora REBECA LEONOR FERNANDEZ DIAZ le imparte la HOMOLOGACION a dicha transacción en los mismos términos expuestos por las partes suficientemente identificadas al inicio, cuyo monto fue por CIENTO DIECISIETE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO BOLIVARES CON SESENTA Y NUEVECENTIMOS (Bs.117.688,69), en este juicio de Calificación de Despido sin un monto inicialmente demandado, de conformidad con el a.....