DISPOSITIVA
En razón de lo expuesto, esta Sala Siete de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara la NULIDAD ABSOLUTA de la audiencia preliminar celebrada el 24 de septiembre de 2014, por el Juzgado Cuadragésimo Noveno (49º) de Control de este Circuito Judicial Penal, todo ello con base a los artículos 174, 175, 179 y 180, todos del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: REPONE la causa al estado que otro Juez de Control distinto a la Jueza MARIA DEL PILAR PUERTA, realice nueva audiencia preliminar con prescindencia de los vicios aquí advertidos.
Regístrese, diarícese y déjese copia de la presente decisión. Remítase en su oportunidad legal el presente cuaderno de incidencia así como el expediente original a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial Penal. Remítase .....