DECLARA:
PRIMERO: PROCEDENTE la solicitud de nulidad peticionada en fecha 13 de octubre de 2025, por los abogados Alejandro González Valenzuela y María Estela Zannela Torres, en su condición de apoderados judiciales de la sociedad mercantil DENSITY INTERNATIONAL 2024, C.A., referida a la falta de notificación de las partes de la sentencia proferida en fecha veintiocho (28) de julio de 2025; en consecuencia, se declara la nulidad del auto de fecha 13 de agosto de 2025.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE la solicitud de nulidad del auto de admisión y subsecuente reposición de la causa, también planteada en fecha 13 de octubre de 2025 por la representación judicial de la sociedad mercantil demandada, en la que efectuó medio de ataque contra la cuantía propuesta por la parte accionante sociedad mercantil INDUSTRIA DEL MAIZ EL MANJAR, C.A.
TERCERO: IMPROCEDENTE la perención breve de la instancia invocada mediante diligencia presentada en fecha (2) de junio de 2025, por la representación judicial d.....