Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer el recurso de nulidad, interpuesto por los abogados RAMON ACACIO MUÑOZ MALDONADO y CARLA MERCEDES MENDEZ AYALA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 25.527 y 152.651 respectivamente, actuando como apoderados judiciales de la sociedad mercantil FERRETERÍA LEBRÚN, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 25 de abril de 1972, bajo el Nº 09, Tomo 62-A., contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° 283-2011-11-3206, de fecha 08 de noviembre de 2011, emanado del INSTITUTO NACIONAL DE CAPACITACIÓN Y EDUCACIÓN SOCIALISTA (INCES). En consecuencia declina su conocimiento en los Tribunales Superiores d.....