este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Sustanciación, revisa el contenido de dicho escrito y observa que el Oferente ofrece la cantidad de Bs.94.896,16. Asimismo, se evidencia que la Oferida ciudadana MÓNICA MINERVA REYES ABREU, cédula de identidad NºV-16.523.546, debidamente asistida de abogado, acepta dicho ofrecimiento por la cantidad de BOLÍVARES NOVENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON DIECISÉIS CÉNTIMOS (Bs.94.896,16), por los siguientes conceptos y días: 30 días de garantía de prestaciones sociales; 18 días de vacaciones fraccionadas; 8 días de bono vacacional fraccionado; 33 días de utilidades fraccionadas; e intereses sobre prestaciones sociales. Asimismo, corresponde a este Tribunal verificar los términos del mencionado acuerdo de las partes, el cumplimiento de los requisitos previstos en el 19 del Decreto con Rango, Va.....