En fuerza de los razonamientos que anteceden, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: Con lugar la solicitud de conversión en divorcio del estado de separación legal de cuerpos y bienes de los cónyuges, ciudadanos JOSMARY ELENA CORREIA PORRAS y JOSE IGNACIO VERDE INFRANCO, y en consecuencia, disuelto el vínculo que los unía en virtud del matrimonio celebrado en fecha 19 de febrero de 2010, ante la Dirección de Registro Civil del Municipio Baruta, estado Bolivariano de Miranda, según consta en acta nº 41, Libro uno (01) de los libros respectivos correspondientes al año 2010.
Corolario de lo antes expuesto, se ordena participar del presente fallo al Registrador Civil del Municipio Baruta del estado Bolivariano de Miranda, al Registrador Principal del estado Bolivariano de Miranda y al Co.....