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"...En consecuencia, este Juzgado Quinto (5°) Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA el acuerdo transaccional celebrado y presentado por las partes, en la demanda que por concepto de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, debidamente discriminados en el escrito libelar, incoara el ciudadano RAFHAEL VALERO LAREZ contra la empresa CERVECERÍA POLAR, C.A., en el asunto signado con la nomenclatura AP21-L-2025-000113, y con motivo de la relación de índole laboral que los unió.
Ahora bien, en lo que respecta al desistimiento del reenganche y del Amparo, que cursan por ante la Inspectoría del Trabajo y los Tribunales Laborales del Área Metropolitana de Caracas, respectivamente; de cualquier causa o denuncia penal; y de todos los procedimientos de orden administrativo.....