DISPOSITIVO.-
Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado este Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR LA DEFENSA DE PRESCRIPCION DE LA ACCION opuesta por la parte demandada BANCO DE VENEZUELA, S.A. BANCO UNIVERSAL GRUPO SANTANDER en la demandada que por beneficio de jubilación han incoado los ciudadanos ISMAEL ANTONIO DAVILA ROMERO, PAOLO DI MIERI TREZZA, CARMEN CORINA RODRIGUEZ DE MOSCOSO, GLADYS RIVAS DE MIRANDA, ERNESTO MIRANDA, ELEAZAR MORALES BRICEÑO y CARLOS JULIO ROJAS BENEDETTI, ambas partes suficientemente identificados a los autos. SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo por cuanto el salario devengado por los trabajadores no excede de los tres (03) salarios mínimos.
Dando cumplimiento a l.....