Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley declara IMPROCEDENTE la solicitud de ampliación formulada por el abogado Miryorg Martínez Roa en su carácter de apoderado judicial de los co-demandados Franger Antonio Barrios Delfín, Ramón Antonio Riut Hernández y César Ramírez, en contra de la sentencia dictada en fecha 3 de marzo de 2015.