Se homologa el desistimiento, en el entendido que la acción queda interpuesta únicamente contra el Colegio de Médicos del Distrito Metropolitano de Caracas, ordenándose la remisión del expediente al tribunal de la primera instancia a los efectos de que proceda por auto expreso a admitir la presente acción intentada por el ciudadano José del Carmen Jiménez contra el Colegio de Médicos del Distrito Metropolitano de Caracas y ordene la notificación correspondiente.