Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 02 de diciembre de 2010, por la abogada MARTHA LÓPEZ, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Octavo (8°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 26 de noviembre de 2010. SEGUNDO: CON LUGAR la defensa de prescripción alegada por la parte demandada. TERCERO: SIN LUGAR la demanda que por Daño Moral, Daños y perjuicios e intereses moratorios incoara la ciudadana MARÍA MERCEDES YÁNEZ CARBALLO en contra de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano del MINISTERIO DEL PO.....